Lima, 20 de Enero del 2020
- Basado en la situación actual de la empresa
- Basado en el código de ética de la empresa.
- Basado en el compromiso de la empresa de eliminar cualquier situación potencial de soborno y alentar a los trabajadores a denunciar cualquier irregularidad.
- Basado en los poderes y facultades del Gerente General de la empresa.
VIETTEL PERU comunica lo siguiente:
- ALCANCE:
La Política antisoborno cubre a todas las actividades de Bitel y se extiende a todos sus trabajadores, partes interesadas y socios comerciales.
- VALIDEZ:
Esta Política entrará en vigencia a partir del 20 de enero del 2020 y sigue la orientación general del código de ética de la empresa aprobado en 2015 y la nueva legislación peruana de cumplimiento.
- OBJETIVO Y PROPÓSITO:
El objetivo principal de esta política es establecer lineamientos generales para la prevención de actos de cohecho, en cumplimiento de la norma ISO 37001, así como buenas prácticas en materia antisoborno.
Las consecuencias económicas y sociales del soborno y la corrupción son un factor importante para el desarrollo en todo el mundo.
Bitel tiene tolerancia cero con el soborno, por lo que se ha comprometido durante muchos años a fomentar una cultura de ética en toda la organización que tiene como objetivo alcanzar los más altos estándares en términos de responsabilidad e integridad corporativa.
Por lo tanto, el propósito de esta política es también establecer una guía para que los trabajadores de Bitel y los terceros que interactúen con Bitel cumplan con las Leyes y Regulaciones contra el soborno, así como para promover una cultura de ética e integridad.
Finalmente, esta política también tiene como objetivo proteger la reputación de Bitel y sus trabajadores con el fin de evitar posibles sanciones civiles y penales.
- DEFINICIONES GENERALES:
- Antisoborno: Conjunto de reglas y principios relacionados entre sí de manera ordenada, para contribuir a la gestión de la prevención del soborno mediante el establecimiento de políticas, objetivos de mejora y la planificación y ejecución de actividades definidas.
- Objetos / cosas de valor: pueden incluir, pero no se limitan a:
- Efectivo
- Regalos
- Entretenimiento, alojamiento, comidas
- Gastos de viaje
- Servicios
- Puestos de trabajo vacantes
- Préstamos
- Donaciones y contribuciones
- Cualquier otra transferencia de valor, aunque sea nominal.
- Código de ética: Código de ética de Bitel
- Organización gubernamental: Cualquier departamento, cualquier administración, cualquier agencia controlada total o parcialmente por el gobierno, cualquier organización pública internacional y sus agencias o instrumentalidad de un gobierno (incluida una empresa controlada por el gobierno), y cualquier organización considerada como un departamento del gobierno u oficina administrativa bajo cualquier ley local.
- Funcionario de gobierno: Individuos, en las siguientes categorías:
- Cualquier funcionario o empleado (incluida cualquier persona designada para ser funcionario o empleado, aunque sea a tiempo parcial) de un gobierno o una organización gubernamental.
- Cualquier persona que actúe a título oficial en nombre de un gobierno o de una organización gubernamental.
- Cualquier funcionario o empleado de una empresa o negocio que sea propiedad total o parcial de un gobierno o una organización gubernamental.
- Cualquier funcionario o empleado de una organización pública internacional, como el Banco Mundial o las Naciones Unidas.
- Cualquier funcionario o empleado de un partido político o cualquier persona que actúe en una capacidad oficial en nombre de un partido político.
- Cualquier candidato a un cargo político.
- Lavado de dinero: Es el proceso mediante el cual se oculta el origen de los fondos generados por el ejercicio de algunas actividades ilícitas o delictivas.
- Bitel: Se refiere a Bitel y cualquier empresa que directa o indirectamente controle, esté controlada o esté bajo control común de Bitel. El termino “Control” se refiere a la propiedad directa o indirecta de un porcentaje de participación accionarial con derecho a voto o participación en los asuntos de la entidad.
- Trabajador de Bitel: Se refiere a cualquier empleado de Bitel (a tiempo complete o parcial, temporal, etc.)
- IMPLEMENTACIÓN
Para implementar esta Política de manera efectiva, la empresa debe mantener un programa anticorrupción basado en el riesgo para prevenir y detectar el soborno.
La empresa adoptará procedimientos operativos complementarios dirigidos específicamente a mitigar los riesgos de soborno que existen para sus operaciones.
La empresa cuenta con un Oficial de Cumplimiento interino y analizará y decidirá si promoverla o nombrar a otra persona para asegurar la implementación y cumplimiento de esta política y otras políticas complementarias, así como una capacitación efectiva a los trabajadores de Bitel y el cumplimiento absoluto de todas las leyes y regulaciones.
Todos los empleados de Bitel tienen el deber de garantizar que los terceros con los que interactúan comprendan y sigan esta Política.
- POLÍTICA
- Tenemos una política de tolerancia cero con respecto a ofrecer o aceptar sobornos, de acuerdo con las leyes y costumbres locales. Bitel, no paga sobornos, proporciona ningún obsequio de valor a ningún proveedor, socio comercial o funcionario gubernamental por cualquier motivo.
- Ofrecer o recibir algo de valor a Funcionarios gubernamentales, proveedores o Socios comerciales, ya sean obsequios, comidas, invitaciones, viajes patrocinados y otras atenciones o recompensas especiales, que parezcan o tengan la intención de ser un incentivo para realizar actos indebidos o poco éticos; será totalmente rechazado.
- Bitel mantendrá la política de neutralidad y no interferirá de ninguna manera o medio en ningún gobierno nacional, gobierno local, comunidades o cualquier entidad del Estado peruano y no participará directa y / o indirectamente en ninguna actividad de partidos políticos. No realizar ningún tipo de contribución económica de carácter político, en dinero o en especie, en ningún país del mundo.
- Bitel tiene una cultura de integridad, honestidad, respeto y disciplina y opera de acuerdo con las leyes peruanas y rechaza enérgicamente el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo y debe denunciar ante el Ministerio Público cualquier tipo de esos actos si tiene conocimiento de ellos.
- Bitel, en ocasiones, cumpliendo con sus obligaciones de responsabilidad social y deseo de marcar la diferencia especialmente para los más necesitados, realizará donaciones benéficas o patrocinios. Sin embargo, nunca realizamos este tipo de donaciones con fines indebidos o cuando puedan crear situaciones que se asemejen a un soborno.
- Bitel prohíbe a cualquier persona que actúe en su nombre, directa o indirectamente, utilizar fondos de la empresa u otros activos para cualquier propósito ilegal o inapropiado.
- La Política Antisoborno, el Código de Ética y sus Políticas relacionadas están disponibles en el sitio web de la empresa.
- El Oficial de Cumplimiento y el departamento de Recursos Humanos capacitarán a cualquier empleado nuevo sobre las políticas mencionadas en el párrafo anterior y deberán implementar una política de capacitación para todos los trabajadores de Bitel.
- REQUERIMIENTOS
- INTERACCIONES PROHIBIDAS
Bitel, los Empleados de Bitel y Terceros tienen prohibido dar, prometer dar u ofrecer dar Cualquier cosa de valor a cualquier Persona con el propósito de influir en cualquier acto o decisión de la Persona, y / o la entidad que la Persona representa, con el fin de para asegurar una ventaja indebida o para obtener o retener negocios para Bitel. La prohibición anterior también se aplica a la provisión indirecta de cualquier objeto de valor a cualquier persona, incluido, entre otros, el uso de intermediarios o familiares de la persona. Bitel, los empleados de Bitel y terceros tienen prohibido realizar, ofrecer o autorizar un pago a cualquier persona o entidad (por ejemplo, proveedores, agente, distribuidor o intermediario) con conocimiento de que todo o parte del pago se ofrecerá o entregará a una Persona para asegurar una ventaja indebida o para obtener o retener negocios.
- INTERACCIONES PERMITIDAS
Con el fin de promover una cultura de ética e integridad, así como para cumplir con todas las Leyes y Regulaciones Anticorrupción y Antisoborno aplicables, Bitel ha estado implementando un conjunto integral de políticas y estándares que definen reglas claras que deben ser cumplidas por todos los Empleados de Bitel y, cuando corresponda, por Terceros. Estas políticas y estándares rigen ciertas actividades para garantizar que se implementen por razones comerciales genuinas y legítimas e incluyen disposiciones específicas destinadas a prevenir el soborno y la corrupción.
Estas políticas y estándares incluyen:
- Donaciones y otras contribuciones a organizaciones.
- Aceptar y/o proporcionar obsequios o artículos recordatorios.
- Conflicto de intereses de los empleados.
- Debida diligencia en socios comerciales y/o bufetes de abogados que podrían actuar en nombre de Bitel con funcionarios gubernamentales.
- Control en el desembolso de fondos y otros activos para garantizar el pleno respecto de las políticas anticorrupción.
- Políticas de procedimiento buscando interactuar con proveedores de bienes y servicios de manera ética y legal, asegurando siempre el mejor interés de Bitel una vez que se elige un proveedor.
- Capacitación de los empleados en nuestras Políticas y Leyes Anticorrupción.
- RESPONSABILIDADES
8.1 RESPONSABILIDADES GENERALES
- El Director General y el Oficial de Cumplimiento son responsables de velar por el adecuado cumplimiento de esta política, incluida su implementación y difusión.
- El Oficial de Cumplimiento tiene total independencia y autoridad para hacer cumplir esta política.
- Todos los trabajadores de Bitel deben cumplir obligatoriamente con las pautas aquí establecidas.
8.2 CONTROLES FINANCIEROS
De acuerdo con todas las regulaciones y procedimientos internos relevantes, Bitel requiere que todos los registros y cuentas se mantengan con detalles razonables para reflejar de manera precisa y justa todas las transacciones y disposiciones de activos y que se mantengan controles internos adecuados para brindar una seguridad razonable de que la administración está al tanto y realiza todas las transacciones de manera ética.
- NO CUMPLIMIENTO
Las infracciones a esta Política Antisoborno estarán sujetas a medidas y sanciones de acuerdo con el Código de Conducta y Ética y el Reglamento Interno de Trabajo de Bitel, que se aplicará en función de la gravedad de la infracción cometida, pudiendo ir desde la advertencia verbal, amonestación escrita, suspensión y despido, hasta la denuncia penal ante las autoridades competentes, si el caso lo amerita.
- DELACIONES - DENUNCIAS
Bitel anima a todos sus trabajadores a denunciar situaciones irregulares asociadas con el soborno y otros delitos a través de la Línea de ayuda de ética, que es administrada por un tercero independiente que mantiene el anonimato, confidencial y protegiendo a cada persona de represalias. Así como el envío de cualquier denuncia / reporte de situaciones relacionadas con el cohecho al correo electrónico solutions@bitel.com.pe
DIRECTOR GENERAL